Derechos para ancianos y personas incapacitadas que viven en un edificio de 5 o más apartamentos, y Protección contra el desahucio en ciertas otras cosas.
julio de 2007
Si el dueño está tratando de desalojarlo y usted cree que debe ser protegido por la ley de causa válida, consiga orientación legal para que se pueda proteger en el tribunal.
Un dueño puede comenzar una demanda de desahucio (desalojo) en contra de un inquilino en cualquier momento a menos que el inquilino esté protegido por la "ley de causa válida" (explicada abajo). La ley de causa válida (en inglés "good cause law") protege a algunos inquilinos de desahucio.
Importante: Usted no tiene que mudarse simplemente porque el dueño ha comenzado una demanda de desahucio en contra de usted. Usted tiene el derecho de quedarse hasta que el tribunal le diga que se tiene que mudar. (Véase nosotros folleto, Derechos de Inquilinos: Desahucio.)
La ley de causa válida protege a los siguientes inquilinos:
1. Protege a los inquilinos que viven en un edificio que tiene por los menos cinco apartamentos; Y
Nota: El juez quizás requiera prueba (por ejemplo una carta de aprobación desde Seguro Social) de la incapacidad, ceguera o edad.
2. Conversiones a condominio: Aunque usted sea ciego, físicamente incapacitado o tenga 62 años de edad o más, usted tiene derechos especiales si el dueño quiere convertir cada apartamento en un condominio para venta.
3. Eliminación de hipoteca: La ley de causa válida también protege a inquilinos que están en peligro de ser desahucios por el banco debido a una eliminación de hipoteca en contra del dueño.
4. Parque de remolque (caravana): La necesidad de tener una causa válida para el desahucio también puede proteger a los inquilinos que viven en un parque de remolque aun cuando el inquilino es dueño de su remolque.
"Causa válida" significa que el dueño puede desalojarlo por ciertas razones. Las razones son las siguientes:
Se le puede aumentar el alquiler sólo si es un aumento "justo y equitativo" (explicada abajo). Si usted no cree que es justo y equitativo, usted puede radicar una queja con su oficina local de la Comisión de Alquiler Justa si la ciudad o pueblo donde usted vive tiene una. (Véase nuestro folleto, Derechos de Inquilinos: Comisión de Alquiler Justa). Si el pueblo donde usted reside no tiene una Comisión de Alquiler Justa, usted puede ir al tribunal y presentar una demanda para que no le aumenten su alquiler.
Varias cosas son consideradas en decidiendo lo que es justo y equitativo, algunas de las cuales incluye:
La información contenida en este folleto está basada en las leyes de CT vigentes en 7/2007. Esperamos que esta información le sea de ayuda. Nuestra intención no es dar asesoramiento legal para alguna situación en específico. Si usted necesita mayor ayuda y todavía no la ha buscado, puede llamar a Statewide Legal Services, (según arriba indicado), o hablar con un abogado.
Derechos de propiedad: 7/2007