Su Derecho a Beneficios de Desempleo Cuando Usted
Decide Dejar su Trabajo
¡Lea este folleto antes de que usted deja su trabajo!
octubre 2007


Si usted deja su trabajo puede ser que no califique para los
beneficios de desempleo (sigla en inglés "unemployment
compensation"). Depende de la razón por la cual dejó el
trabajo.
Usted
puede dejar el trabajo por causas atribuibles a su patrón/empleador.
"Atribuible a su patrón" significa que usted dejó el
trabajo por problemas relacionados a su trabajo. Las razones pueden incluir:
- Condiciones de trabajo arriesgados o inseguros;
- Un trabajo el cual es dañino a su salud (con prueba médica). El trabajo debe causarle
enfermedad o empeorar su condición médica;
- Un cambio en condiciones de trabajo que le causan daño. Por ejemplo, le pueden pedir
que trabaje más horas, aceptar menos paga, o desempeñar cargos de trabajo muy
diferentes.
- Su patrón rompió su contrato original. Por ejemplo, su patrón no le dio el aumento de
salario que le prometieron en su contrato.
NO calificará para los beneficios de desempleo si usted deja su trabajo por una
condición de salud que no fue causada por su empleo. Por ejemplo, si usted sufriera un
ataque al corazón afuera de su trabajo y eso no le permite desempeñar sus funciones
laborales, puede ser que no consiga los beneficios de desempleo.
Causas válidas ("good cause") NO incluyen renunciando porque
no le gusta que su patrón lo critique (menos cuando hay una incidencia excesiva de abuso
verbal que una persona responsable consideraría ofensiva), renunciando porque no le
dieron el aumento que pidió pero que no fue prometido antes, o renunciando porque perdió
la guardería para sus niños. Si usted abandona el trabajo sin causa válida, puede
que califique para otros beneficios del estado como Cupones de Alimentos o ayuda de dinero
en efectivo. (Vea pajina 3).
Además, antes de renunciar al trabajo, usted debe:
- Conversar con su patrón sobre la razón que quiere renunciar. Debe darle a su
patrón una oportunidad para resolver los problemas, a menos que usted puede probar que no
hubiera dado resultado. Por ejemplo, puede haberle comunicado al patrón sobre el problema
muchas veces anteriores sin ningún resultado;
- Explorar todas las alternativas a renunciar, tal como tomar una ausencia
temporera (excedencia). Usted debe mostrar que renunciando sería la única acción
razonable de tomar.
Puede también renunciar por ciertas razones y todavía obtener los beneficios.
Las razones incluir:
- Usted renuncia para cuidar a un esposo, hijo, o pariente
que está viviendo con usted que esté seriamente enfermo, documentado por un medico. Sin
embargo, puede calificar MIENTRAS esté disponible para algún trabajo. (Por
ejemplo, que pueda trabajar durante horas diferentes o que ahora puede trabajar nuevamente
porque está cuidando de ese pariente durante horas laborables). No puede colectar los
beneficios si no está disponible para trabajar en absoluto.
- Usted renuncia porque perdió la transportación (que no
sea su auto) que lo llevaba y traía del trabajo, Y no hay otra forma
razonable de llegar al trabajo.
- Usted renuncia para protegerse a usted os a un niño con
quien vive de la violencia doméstica. Le pueden pedir que compruebe de que trató de
mantener su trabajo. El Departamento del Trabajo (DOL) le llama a esto "esfuerzos
razonables" (sigla en inglés "reasonable efforts") para mantener su
trabajo. Esfuerzos razonables pueden incluir pedir que lo transfieran o una excedencia
(ausencia temporera) antes de que renuncie. El DOL tomará en cuenta cada caso
individualmente.
- Usted abandona el trabajo dentro de 30 días de haber
comenzado porque no era "apropiado" o era "inconveniente" (sigla en inglés "unsuitable"). Razones por las
cuales un empleo puede ser inapropiado o inconveniente puede ser que el viaje era muy
largo, o el trabajo ponía en riesgo a "su salud, seguridad o sus morales"
lo cual casi siempre significa que tiene que viajar entre la 1 a.m. y las 6 a.m. Si
usted espera más de 30 días para renunciar, encontrarán que usted estuvo de acuerdo
y no calificará para la indemnización de desempleo. Hay algunas excepciones aunque hayan
pasado los 30 días, dependiendo de las circunstancias. Por ejemplo, usted puede tener
causa válida para dejar el trabajo si usted se quejó repetidamente sobre la situación o
si el patrón prometió resolver la situación, pero no lo hizo.
Además, USTED DEBE explicar por qué el trabajo es inapropiado o inconveniente.
USTED DEBE explicar cómo las condiciones del trabajo le causan problemas. USTED DEBE
dejarle saber a su patrón sobre el problema y tratar de solucionarlo antes de renunciar a
menos que no hubiera hecho una diferencia.
- PUEDE renunciar y colectar desempleo si usted deja trabajo de tiempo parcial para
aceptar trabajo a tiempo complete.
Si usted
renuncia sin causa válida, usted puede ser penalizado.
1. Si usted abandona el trabajo sin causa válida no
podrá colectar beneficios de desempleo hasta que haya conseguido otro trabajo y ganado
diez veces la cantidad de su beneficio (como 5 semanas de paga si le pagan lo que ganaba
en su trabajo antiguo).
Las reglas de renunciar son muy estrictas. Antes de que renuncie,
verifique con un abogado o la oficina de desempleo para asegurar que tiene "causa
válida" para renunciar.
2. Si usted abandona el trabajo sin causa válida, eso puede limitar
su elegibilidad a beneficios de Cupones de Alimentos y Asistencia Temporera de Familias
(TFA) ahora y en el futuro.
Para más información acerca de TFA, vea los folletos legales: Penalidades de la
TFA y TFA-Límites
de Tiempo y Otros Programas Disponibles si Pierde sus Beneficios.
- Solicitantes de Cupones de Alimentos & Asistencia Temporera para Familias
pueden ser negados estos beneficios o pueden recibir menos beneficios si renuncian
a un trabajo causa válida dentro de 60 días de la fecha de la solicitud (o dentro 120
días si solicitan para una extensión de TFA).
- Beneficiarios de Cupones de Alimentos & de TFA pueden perder sus
beneficios o recibir menos beneficios si renuncian al trabajo sin causa válida mientras
reciben asistencia.
Acuerdese...Usted tiene el derecho a una
audiencia con el DSS si no está de acuerdo con la decisión. Llame a los Servicios
Legales Estatales.
- Solicitantes & Beneficiarios de una extensión de TFA: Los
beneficios de TFA son limitados a 21 meses con la posibilidad de extensiones de 6 meses.
Si usted abandona un trabajo voluntariamente sin causa válida, puede afectar su
habilidad de recibir una extensión de 6 meses.
- Si usted no reciben TFA, y renuncia al trabajo sin causa válida, no será
elegible para una extensión de TFA por 120 días (aproximadamente 4 meses) desde el
día que usted renunció. Esta regla aplica a aquellos que han usado hasta 21 meses de
beneficios de TFA, abandonan un trabajo, y luego solicitan una extensión de 6 meses.
- Si usted recibe TFA, está recibiendo una extensión de 6 meses y deja un
trabajo sin causa válida, sus beneficios de dinero en efectivo terminarán y no le
permitirán más extensiones. Le pueden penalizar por vida si usted abandona un trabajo
mientras está en una extensión de TFA. Antes de renunciar, consulte con un profesional.
NOTA: Estas reglas no aplican a los que son exentos de TFA. A una persona
que recibe una exención de TFA no se le requiere que trabaje y, por lo tanto, no puede
ser penalizado por haber abandonado un trabajo sin causa válida.
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Beneficiarios
de TFA
Si usted recibe TFA y el DOL ha encontrado que usted tuvo causa válida por haber
renunciado, el Departamento de Servicios Sociales (DSS) también encontrará que usted
tuvo causa válida por haber renunciado. Si el DOL encuentra que usted no tuvo causa
válida por haber dejado el trabajo, se supone que el DSS haga su propia decisión
independientemente sobre este tema.
El DSS puede encontrar que un
beneficiario de TFA tuvo causa válida por haber abandonado un trabajo si:
Usted dejó el trabajo....
para tomar un trabajo con mejor sueldo que le
llevará a la autosuficiencia;
porque los efectos de la violencia doméstica no le
permiten trabajar;
por su propia enfermedad;
por la enfermedad de un pariente que requiere que usted lo
cuide;
por una emergencia familiar;
porque usted no encuentra cuidado para sus
niños que sea a un precio alcanzable y que tenga una licencia autorizada.
Statewide Legal Services: (Nosotros
somos el punto de entrada para la red de servicios legales en Connecticut.) 860-344-0380
o 1-800-453-3320.
Este folleto fue producido por Legal Assistance Resource
Center of CT, en cooperación con la ayuda de Greater Hartford Legal Aid, New Haven Legal
Assistance Association, Statewide Legal Services and Connecticut Legal Services.
La información en este folleto es basado en las leyes de CT a
partir de 10/2007. Nosotros esperamos que la información le sea útil pero no esta
designado como un consejo legal para una situación individual. Si usted necesita ayuda
adicional y no lo ha hecho, por favor llame a Statewide Legal Services (vea arriba) o
comuníquese con un abogado.
Derechos de propiedad: 10/2007
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